Por USCIS:
Ha sido larga la lucha de la juventud y las familias inmigrantes y muchos más para que el presidente pusiera fin a las deportaciones de nuestras familias y mejorara el programa de DACA.
El 20 de noviembre del 2014 el presidente anunció cambios históricos en la política migratoria que proporcionan protección contra la deportación y permisos de trabajo con 3 años de vigencia a padres indocumentados y personas que llegaron a los EE.UU. antes de cumplir los 16 años siempre y cuando cumplan con los demás requisitos estipulados.
Es un gran paso adelante que protege a 4.4 millones de personas y como organización, United We Dream seguirá en la lucha hasta obtener protección para todos.
Todos podemos sentir orgullo por esta victoria.
Inscríbete con United We Dream en UnitedWeDream.org para asesorarte en cada etapa del proceso de solicitud.
Encuentra abajo la información esencial sobre el nuevo programa, reunida por los expertos legales más destacados en colaboración con United We Dream con el propósito de proporcionar la mejor información posible a nuestra comunidad.
¿Quién es elegible?
Acción Diferida para Responsabilidad de los Padres (DAPA)
Para cumplir con los requisitos de DACA,
una persona deberá:
• Ser padre de un hijo nacido antes del 20 de noviembre del 2014 que sea ciudadano de los EE.UU. o
residente permanente legal (con tarjeta verde);
• Haber residido en los EE.UU. desde el 31 de
diciembre del 2009 o fecha anterior;
• Estar físicamente presente en los EE.UU. el 20 de noviembre del 2014 y la fecha que se entregue la solicitud;
• Carecer de estatus migratorio legal en los EE.UU. el 20 de noviembre del 2014; y
• Aprobar una revisón de seguridad nacional y
antecedentes penales.
Expansión de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA)
La mayoría de los requisitos de DACA no han cambiado, pero sí se hicieron algunos cambios que pueden extender a más personas acceso a DACA. A saber:
• Ya no hay límite de edad. Si una persona anteriormente no cumplía con los requisitos de DACA a causa de su edad, ahora podrá solicitar, siempre y cuando cumpla con los demás requisitos.
• El presidente redujo la duración de residencia requerida para solicitar DACA. Anteriormente se requería de haber vivido en los EE.UU. desde el 15 de junio del 2007. Ahora se incluirán personas que han residido en el país desde el 1ero de enero del 2010.
• La DACA y autorización para trabajar tendrán ahora una vigencia de 3 años. Las personas que soliciten o renueven su DACA a partir del 24 de noviembre del 2014 recibirán acción diferida y autorización para trabajar con vigencia de 3 años. Las renovaciones de DACA ya aprobadas tendrán vigencia de 2 años. Estén pendientes para novedades ya que el gobierno está buscando la forma de extender el período de vigencia de las renovaciones ya aprobadas.
• En caso de cualquier arresto, sentencia o asociación con pandillas (grupos delictivos), o de cualquier incertidumbre sobre su historial criminal, es importante conseguir copias de expedientes de antecedentes criminales y asesorarse con un abogado para determinar su
elegibilidad para DACA.
• OJO: Para solicitar DACA todavía se estipulan los requisitos de tener al menos 15 años y haber entrado a los EE.UU. antes de cumplir 16 años de edad. Los demás requisitos se encuentran en la página web de USCIS: www.uscis.gov/childhoodarrivals.
¿Cuándo se abre el proceso de solicitud?
El gobierno no está aceptando solicitudes en este momento. Se empezarán a aceptar dentro de aproximadamente 180 días (20 de mayo, 2015)
El gobierno no está aceptando solicitudes en este momento. Se empezarán a aceptar solicitudes bajo los nuevos requisitos dentro de aproximadamente 90 días (el 18 de febrero del 2015).
¿Qué puedo hacer ahora? Las personas que cumplen con los requisitos del programa pueden empezar a juntar los documentos necesarios.
Ojo: Es recomendable buscar documentos que cuenten con la siguiente información: nombre, fecha y prueba de presencia en los EE.UU. (p. ej. indicar una ciudad o estado en los EE.UU.)
DAPA
• Comprobante de presencia en los EE.UU. el 20 de noviembre del 2014. Obtener alguna prueba de
presencia en los EE.UU. en esa fecha, p. ej. un estado de cuenta bancaria o expediente médico.
• Prueba de relación con hijo ciudadano o residente permanente legal de los EE.UU. Acta de Nacimiento del hijo.
• Prueba de la ciudadanía o residencia permanente legal de los EE.UU. de su hijo: Pasaporte, Acta de
Nacimiento, Carta de Naturalización, Tarjeta de Residente Permanente Legal (tarjeta verde)
DACA
• Prueba de educación o servicio militar: Expedientes académicos, certificado de preparatoria (high school), certificado de desarrollo de educación general (GED) o certificado de otro programa educativo que cumpla con los requisitos.
• Se deberá mostrar prueba de ser veterano con licenciamiento honorable de la Guardia Costera o Fuerzas Armadas de los EE.UU.
Documento de identidad: Pasaporte, Acta de Nacimiento, Documento de identidad de país de orígen.
Prueba de residencia en los EE.UU. a partir del 31 de diciembre del 2009 o fecha anterior: Comprobantes de pago de alquiler o de hipoteca, expedientes médicos, escolares o laborales, estados de cuenta bancarios, comprobantes de pago de impuestos o documentos relacionados con participación en una iglesia
Expedientes de antecedentes criminales (incluyendo los que están relacionados con crímenes cometidos como menor de edad): Para obtener expedientes criminales, encuentra información al http://www.adminrelief.org/resources/attachment.259796
¡Atención! Ten cuidado con los estafadores. Asesórate con un abogado o representante acreditado por
la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA). Para consultas legaleswww.adminrelief.org/legalhelp.